La llegada de un bebé es uno de esos momentos que lo cambian todo. Un tsunami de emoción, ilusión, dudas, nuevos ritmos… y, claro, una buena dosis de caos. Y en medio de todo eso, te llega la “montaña rusa” del papeleo. Entre los trámites que tienes que hacer, hay uno que no puedes pasar por alto: la solicitud de la prestación por maternidad o paternidad.
Entendemos que no siempre es fácil encontrar tiempo y energía para enfrentarse al papeleo cuando estás cuidando a tu recién nacido (o recuperándote del parto), así que aquí te contamos todo lo esencial sobre las prestaciones por maternidad y paternidad. Porque sí, ayudarte en estos procesos también es una forma de cuidarte 💛
⏺︎ ¿Qué es la prestación por maternidad y paternidad?

La prestación por maternidad y la prestación por paternidad son ayudas económicas que ofrece la Seguridad Social a las personas trabajadoras tras el nacimiento, adopción, tutela o acogimiento de un menor. Sirven para cubrir los días de permiso laboral y garantizar que puedas disfrutar de tu peque sin preocupaciones económicas durante ese tiempo.
Actualmente, cada progenitor tiene derecho a 16 semanas de permiso totalmente retribuidas, repartidas en 2 bloques:
- Las primeras 6 semanas son obligatorias e ininterrumpidas justo después del nacimiento.
- Las otras 10 semanas pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el bebé cumpla 12 meses
¿Quién puede solicitarla?
Pueden solicitar la prestación de maternidad o paternidad todas las personas trabajadoras que estén dadas de alta en la Seguridad Social y que cumplan los requisitos mínimos de cotización (no te preocupes, te los explicamos al final 😉). Se aplica tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos.
¿Qué documentos necesitas para la baja de maternidad?
No hace falta volverse loco con el papeleo. Si estás trabajando y has cotizado lo necesario, puedes solicitar la prestación de maternidad fácilmente presentando:
- El certificado de nacimiento del bebé.
- Tu DNI o NIE.
- Informe del hospital o parte de baja por maternidad/paternidad.
- Y tus justificantes de cotización (última nómina, recibo de autónomos…).

💡 TIP: Se puede hacer online si tienes certificado digital o Cl@ve, aunque... si estás en plena revolución hormonal o sobreviviendo a las noches en blanco, entendemos que lo último que te apetece es rellenar formularios.
¿Qué día se cobra la prestación por maternidad?
Buena pregunta 😉. Lo habitual es que el primer ingreso de la prestación de baja por maternidad o paternidad llegue unas semanas después de hacer la solicitud (entre 2 y 4 semanas). A partir de ahí, se cobra normalmente a principios de cada mes.
⏺︎ ¿Hay otras ayudas?
¡Sí! Además de esta prestación principal, puedes acceder a:
- 100 € al mes para madres trabajadoras con hijos menores de 3 años.
- Deducciones fiscales en tu declaración de la renta.
- Ayudas autonómicas y locales, como el cheque bebé o bonificaciones por familia numerosa.
💙 Un consejo final
En esta etapa todo cambia muy rápido, y a veces no sabes ni por dónde empezar. Son muchas emociones y también cansancio. Organizarte, tener claro qué papeles necesitas y, sobre todo, saber que no estás sola en esto, puede marcar la diferencia. Y si quieres asegurarte de que no se te escapa nada, puedes contar con Trámite de Nacimiento, que pueden ayudarte a revisar todas las ayudas complementarias disponibles para ti. Porque al final, lo que importa es disfrutar de tu peque y de cada momento.
Desde Alondra, queremos acompañarte desde el descanso de tu bebé hasta los primeros pasos de esta nueva vida. Así que, si te pierdes en el papeleo, ¡respira! Aquí te ayudamos para que no te sientas tan abrumada.
⏺︎ Requisitos para pedir ayuda maternidad o paternidad
Tanto si trabajas por cuenta ajena como si eres autónoma/o, puedes solicitar la prestación por maternidad o paternidad siempre que estés dada/o de alta en la Seguridad Social y hayas cotizado lo suficiente.
Los requisitos varían según tu edad en el momento del nacimiento (o adopción) del bebé:
Menos de 21
No necesitas
haber cotizado.
Entre 21 y 26Debes cotizar:
- 180 días (últimos 7 años)
- o 360 días vida laboral
Más de 26Requisitos:
- 180 días (últimos 7 años)
- o 360 días vida laboral
♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥♥
¡Gracias por leer! Esperamos que hayas encontrado útil esta información. Si quieres descubrir más consejos e ideas sobre la crianza, echa un vistazo a nuestros otros posts 💖🐣.
💌 Suscríbete a nuestro boletín para no perderte nada. ¡Estamos aquí para acompañarte en esta hermosa aventura! 💌